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Cláusula de No Contracargo y Procedimiento de Reclamación

El patrocinador/expositor reconoce que los pagos realizados en virtud del presente acuerdo corresponden a un patrocinio y/o derecho de participación comercial en el evento, y no constituyen la compra de entradas, garantía de asistencia mínima ni promesa de resultados comerciales específicos.

Una vez efectuado el pago y reservado el espacio o participación, el patrocinador acepta que el mismo es de carácter contractual y no podrá ser objeto de contracargo ("chargeback"), reversión unilateral o disputa bancaria sin antes agotar el procedimiento interno de reclamación establecido en este contrato.

En caso de que el patrocinador inicie un contracargo o disputa bancaria sin haber seguido dicho procedimiento, se considerará incumplimiento contractual material, autorizando a USA Signature Events a:
1. Presentar ante la entidad financiera toda la documentación contractual firmada, comunicaciones y evidencias de cumplimiento.
2. Reclamar los montos correspondientes a costos administrativos, honorarios legales, comisiones de procesamiento y cualquier penalidad impuesta por el procesador de pagos.
3. Suspender cualquier beneficio pendiente o relación comercial futura.

El patrocinador reconoce que el sistema de contracargos está diseñado para casos de fraude o transacciones no autorizadas, y no para disputas contractuales derivadas de expectativas comerciales o resultados del evento.
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